Henry Kamen, “Cómo fue la Inquisición”, ARVO, 19.III.2003

¿La Inquisición significó realmente la condena de la libertad y el empleo de una crueldad indiscriminada con los “disidentes religiosos”? Una falsa y distorsionada imagen de este tribunal permanece aún en gran parte de la opinión pública. Ser “inquisitorial” ha llegado a ser sinónimo de intolerante y totalitario. Y sin embargo, esto no parece corresponderse con la verdad histórica. Pocos son los que se plantean un enfoque objetivo de la cuestión, sin apasionamientos, buscando el porqué del tribunal y las circunstancias que lo determinaron. Tal es la inspiración que anima el ensayo del profesor Kamen.

La Inquisición no fue un fenómeno exclusivamente español, a pesar de que es una impresión que a menudo encontramos a nivel popular. Si hojeamos las páginas de la cuantiosa bibliografía publicada en 1983 por Emil van der Vekene Bibliotheca inquisitionis, podemos observar un listado de 4.808 obras que abarcan la historia de más de 500 años de toda la Europa Occidental, y solamente una parte de su material se refiere a España. Últimamente, se ha venido prestando excesiva atención a la Inquisición española, por ello sería beneficioso para nosotros procurarnos una mas amplia perspectiva y considerar todo el fenómeno de la Inquisición española en su contexto europeo. Así podremos entender uno de los acontecimientos cruciales en la historia de la civilización occidental. Quiero comenzar mi exposición con ciertas preguntas clave que quizás nos ayudarán a pensar en el fenómeno.

La realidad de la Inquisición En primer lugar, ¿existió la Inquisición? Todos los estudios de Henry Charles Lea, Vacandard y otros hablan libremente de ésta como si fuera un cuerpo con forma y funciones claras. Estudios más reducidos, como el de Turberville, no dejan tampoco duda de que existió. Una “Inquisición” era, esencialmente, una inquisitio o investigación, para determinar si existía alguna herejía. La fecha habitual que se da para la fundación de la Inquisición de la Edad Media es la de 1233, cuando Gregorio IX distribuyó poderes a los inquisidores dominicos para empezar sus funciones. Si observamos esto más de cerca advertiremos que los historiadores especializados son un poco más precavidos a la hora de dar fechas.

Aunque el papado continuó distribuyendo poderes, principalmente en Francia, Alemania e Italia, tales poderes eran puramente temporales y estrictamente locales; no habla una estructura organizadora que dictara funciones ni había reglas precisas. A pesar de que sobrevive un manual de inquisidores franceses del año 1248, no apareció ningún libro de reglas hasta el manual de Bernard Gui, un siglo más tarde, en 1324. En sentido real no había una Inquisición organizada hasta la española de 1480 y la romana de 1542. Aun entonces, su permanencia no era siempre deseada; parece que el tribunal de Castilla se consideraba temporal, lo cual podría ayudar a explicar por qué no tenía una fuente de ingresos regular y tenía que confiar completamente en las confiscaciones. En resumen, ningún tribunal de la Inquisición puede ser discutido sin tener en cuenta el contexto local que es el que lo desencadena.

La cuestión temporal Una segunda cuestión fundamental, para la cual no hay una respuesta sencilla, es ésta: ¿Por qué había Inquisiciones en algunos periodos y en otros no? Este problema del tiempo es, quizás, el más interesante de todos. Es importante determinar por qué a lo largo de la historia de la Iglesia no hubo Inquisición hasta el siglo XIII. H. C. Lea, cuyos volúmenes están dominados por el énfasis sobre la importancia de los sistemas legales como una explicación del pasado, afirma que el aumento del estudio del derecho romano desde el siglo XII condujo a un mayor uso de los procedimientos legales y como consecuencia produjo un aumento de las persecuciones. Lea establece de esta manera que fue el aumento de la herejía lo que provocó la persecución. ¿Acaso antes del siglo XIII no hubo herejías? ¿Es que sólo desde el siglo XIII hubo una persecución seria de la herejía? La clave de la respuesta —que ha sido examinada por varios estudiosos, principalmente Jacques Le Goff, Kieckhefer, y Moore— parece estar en que había dos rasgos completamente nuevos que distinguían la represión del siglo XIII de otras persecuciones anteriores: 1) Las autoridades seculares (principalmente las de Alemania y Francia) habían entrado por primera vez en los asuntos religiosos, y consideraban una forma de herejía el catarismo y el valdesianismo, por ser socialmente subversivos; 2) Por primera vez se introdujo la pena de muerte como castigo regular para los casos de herejía.

Asi podemos afirmar categóricamente que, aunque la herejía era conocida y castigada desde bastante tiempo atrás, no existía antes del siglo XIII como ofensa religiosa y social y, por tanto, no había petición de investigación —esto es, Inquisitio— de la ofensa antes de este momento. Sólo con la determinación de la ofensa como tal se exigió el castigo.

Diferencias nacionales Esto nos conduce a la tercera pregunta: ¿Por qué algunos países tenían Inquisición y otros no? ¿Por qué la Inquisición estuvo reducida a la Europa del sur, centro y oeste, mientras que la Europa del norte y del este no la conocieron? Quizás hay dos maneras de formular la respuesta. En primer lugar, las Inquisiciones de la Iglesia Católica medieval no eran tanto instituciones como comisiones papales, de modo que la jurisdicción del tribunal coincidí por completo con los limites de la autoridad papal; esto explicaría por qué en la Europa del este, donde se detectaban también herejías, no había Inquisiciones. En consecuencia, la Inquisición sólo tuvo arraigo en aquellos lugares en los que el papado tenía una cooperación estrecha con el poder secular, como en el asunto de los cátaros del sur de Francia. En segundo lugar, las Inquisiciones utilizaban un sistema legal completamente nuevo que era una adaptación de los principios del derecho romano. Éste no podía ser introducido en países como Inglaterra donde el derecho romano no se conocía. Sirva como ejemplo un caso de la Inglaterra del siglo XIV donde los inquisidores, en un juicio frente a la Orden de los Templarios, no pudieron hacer uso del procedimiento de la tortura, porque en las leyes inglesas la tortura no existía. Estas dos explicaciones también nos ayudan a resolver un problema afín: por qué la Inquisición era aceptada en la Corona de Aragón medieval y no en Castilla.

Hostilidad hacia la Inquisición Un cuarto punto que hallamos en todos los países estudiados es el alto grado de oposición a la Inquisición. ¿Por qué sentir hostilidad hacia la Inquisición, cuando la Inquisición simplemente dirigía su trabajo a la peligrosa pero ínfima minoría de herejes? De hecho, hubo aspectos nuevos de su procedimiento legal que fueron criticados en la Francia del siglo XIII y en la Castilla del siglo XV. Enumeremos algunas de estas innovaciones: 1) El uso de la pena de muerte por el delito de herejía; una novedad a la que muchos se resistían. En Inglaterra, por ejemplo, la pena de muerte por herejía no existió hasta el estatuto De heretico comburendo de 1400, estatuto que un siglo más tarde fue revocado por el rey Enrique VIII en 1533 y reintroducido por María Tudor en 1553. No es necesario recordarles que cuando la Inquisición introdujo en Castilla la pena de muerte, el secretario real Hernando del Pulgar comentó: “los Inquisidores no harán tan buenos cristianos con su fuego como los obispos antiguos hicieron con su agua”. Tradicionalmente los historiadores católicos solían negar cualquier responsabilidad de la Iglesia respecto a la pena de muerte, ya que las autoridades seculares habían sido siempre las encargadas de llevarla a cabo. Hoy en día, nadie se arriesga a mantener este argumento, puesto que es evidente que la Iglesia creó el castigo, aun cuando no lo administrase.

2) Al principiar la Edad Media, el uso de la tortura fue, durante mucho tiempo, desconocido. Sólo a principios del siglo XIII los tribunales seculares empezaron a hacer uso de ella. En 1252 Inocencio IV autorizó, por primera vez, el uso de la tortura en las inquisitiones, en casos de herejía. Normalmente había sido usada como castigo para confirmar una información. Pero para los inquisidores adquirió un nuevo significado: se usaba como medio de asegurar el arrepentimiento, esto es, era una penitencia más que un castigo.

3) La identidad de los testigos se mantenía en secreto, práctica que contravenía el sistema legal. En realidad, todo el sistema testimonial se alteró. A partir del conflicto con los cátaros, los inquisidores comprendieron que era necesario crear nuevos métodos de interrogación. Las personas acusadas tendrían que denunciarse a si mismas. Una práctica inaceptable en la mayoría de los sistemas legales de Europa.

4) Se pusieron restricciones a una posible defensa y, a menudo, no se permitía un abogado defensor.

5) La humillación del castigo de la vergüenza pública, como por ejemplo, la obligación de llevar vestiduras especiales (San Benito), fue muy impopular, pues significaba un descrédito para la comunidad entera.

Los inquisidores reconocían la novedad de todo esto, y muchos de ellos fueron asesinados a causa de sus actividades. Pero debemos recordar una diferencia básica entre el sistema inquisitorial y el resto de los sistemas legales: los inquisidores no pretendían ser un tribunal de justicia ni ejercer justicia; eran simplemente un cuerpo penitenciario y su propósito —aparte de la inquisitio—no era el de castigar, sino el de salvar, aun cuando la salvación significara la muerte. Lo que hemos apuntado sobre el uso de la tortura puede ser aplicado a todo el sistema: éste era penitencial y no punitivo.

Ampliando estas observaciones, podemos afirmar —como dice Lea muy claramente en sus estudios— que la Inquisición no intentaba en absoluto administrar justicia. Su procedimiento se hizo absolutamente necesario a los ojos de la Iglesia porque la justicia ordinaria no estaba preparada para tratar con los problemas especiales de la herejía. Como consecuencia de esto, se invirtieron todas las reglas normales. En el siglo IX el papa Nicolás I había condenado el uso de la tortura porque violaba las leyes divinas y humanas; en el siglo XIII, en cambio, el papa Inocencio IV convertía la tortura en un procedimiento contra los herejes.

¿Un fenómeno aislado? Habiendo considerado cuatro aspectos centrales del papel de la Inquisición, déjenme pasar a considerar una perspectiva más general.

Hubo un control ideológico en toda Europa que no se limitaba sólo a la Inquisición romana. Christopher Hill nos recuerda que, aunque Inglaterra no tuvo Inquisición, tuvo un sistema de control, especialmente bajo el reinado de Carlos I, que sus oponentes consideraban como una Inquisición. En Inglaterra, como en todos los países, los tribunales episcopales eran el principal mecanismo para la persecución de la herejía; y podemos considerar su trabajo como inquisitorial.

Inevitablemente, los obispos ejercieron de inquisidores. El caso más interesante, que Emmanuel Le Roy Ladurie quiso discutir sin conseguirlo, concernía a la diócesis de Pamiers donde, en el periodo comprendido entre 1318 y 1325, el obispo Jacques Forunier dirigía largas sesiones de investigación sobre los campesinos cátaros en el Ariege.

Tanto si miramos hacia Inglaterra, Francia o hacia otro país cualquiera, con o sin Inquisición, el problema es el mismo: la colaboración entre la Iglesia y el Estado para controlar las ideas sociales subversivas. No estamos considerando los problemas religiosos como tales, sino un problema socio-político en el cual la Iglesia jugaba un papel crucial.

El alcance social de la herejía Veamos el uso de la palabra “herejía”. Es una palabra antigua cuyo significado original griego quería decir “opinión”. Fue usada ampliamente por los escritores católicos medievales para describir a los componentes de un partido opuesto, como los arrianos. No adquirió un significado especial hasta el siglo XIII, cuando el catalán Ramón de Penyafort dio quizás una definición más especifica de la palabra en el Concilio de Tarragona el año de 1242. En el mismo periodo, comenzó la legislación secular del emperador Federico II contra la herejía en Alemania (1230). La palabra “herejía”, como se observa en los escritores del siglo XIII, no se limitaba a las ideas, sino que en realidad cubrÍa toda una cadena de implicaciones sociales. Desde el siglo XIII hasta el siglo XX las Inquisiciones se ocupaban no tan sólo de las divergencias en las creencias, sino también del significado social y repercusión de estas creencias.

Cualquiera que lea el Montaillou de Ladurie se dará cuenta de que el problema no era otro que el conflicto entre dos tipos de sociedad bastante diferentes. Por un lado existía una sociedad que se identificaba con las aspiraciones de la Iglesia oficial; por otro, había una sociedad que difería muy poco en cuanto al dogma, pero con aspiraciones que descansaban en otros valores sociales. Esto se puede decir de los cátaros en el Languedoc, de los puritanos en Inglaterra y de los judíos conversos en Castilla. Es la diferencia que más tarde el erudito alemán Troeltsch formuló como estar entre una “iglesia” y una “secta”.

Puede decirse que si las autoridades ayudaban a la Inquisición era porque les ofrecía un medio de control social. Sin embargo, el problema está en definir los objetivos y las funciones de este tribunal de la Iglesia, puesto que los tribunales variaban completamente de un país a otro y de una provincia a otra, dependiendo de las condiciones locales. En otras palabras, la función del tribunal no era siempre de sangre y represión. Esto nos sitúa frente al primer gran obstáculo de la historia del fenómeno: su imagen. Todos los estudiosos que han abordado la cuestión saben lo difícil que es cambiar la imagen con la que empezaron su investigación. Por ello quiero decir algunas palabras sobre la imagen de la Inquisición tomando como orientación el reciente libro del historiador americano Edward Peters.

Imagen, leyenda y mito La Inquisición, nos recuerda Peters, adquirió una imagen constituida por un grupo de leyendas y mitos. Entre los siglos XVI y XVIII se definió el carácter de los tribunales inquisitoriales impidiendo cualquier esfuerzo por recobrar su realidad histórica. Hubo al menos tres factores que ayudaron a crear esta imagen mítica y antihistórica: 1) La Iglesia, al perseguir a los protestantes, provocó una reacción. En Inglaterra los protestantes acusaron al arzobispo Laud de mantener una Inquisición, pues sus tribunales especiales usaban la tortura y obligaban a los testigos a denunciarse a si mismos.

2) El siglo XVI generó una visión protestante de la historia, que identificó las Inquisiciones contemporáneas con los tribunales del pasado medieval, y ambos como parte de una política constante de persecución. En la historiografía protestante, todo el pasado histórico de la Europa católica queda reflejado como una gran Inquisición.

3) Los historiadores asociaron el poderío de España del siglo XVI con la Inquisición española, propagando una imagen en la que ésta era parte natural de la política católica. Este hecho jugó un papel crucial en la rebelión de los Países Bajos.

Esta falsa imagen creó una Inquisición que nunca existió en el tiempo: una Inquisición presente desde la Edad Media en todos los países católicos, dedicada a la destrucción de la libertad. Al comienzo del reinado de María Tudor en 1553, apareció un libro con el titulo A new Inquisition in the kingdom of England (Una Nueva Inquisición en el Reino de Inglaterra). Y sin embargo, en Inglaterra no existía la Inquisición como tal. En los Países Bajos, cuando surgieron las primeras protestas contra la política de Felipe II, una de las acusaciones más fuertes y falsas contra el rey fue la de que éste estaba intentando introducir en aquellos países la Inquisición española. Como ustedes saben, uno de los trabajos de mayor importancia de este periodo y en el contexto de la revuelta de los Países Bajos fue la obra de Reginaldus Consalvius Montanus, publicada en Heidelberg en 1567 e inmediatamente traducida a varios idiomas. Hoy se conoce a Montamus como Antonio del Corro, uno de los monjes que huyó del monasterio de San Isidoro de Sevilla. El aspecto que me interesa de la obra de Montanus es su crítica a la Inquisición exclusivamente desde la perspectiva de la Reforma protestante. Decía de aquélla que era un monstruo de tiranía y persecución. A Montanus no parecía importarle y, ciertamente ni siquiera lo mencionó, el gran crimen que la Inquisición cometió al eliminar a cientos de miles de judíos conversos. Su enfoque, deliberadamente distorsionado, era el más frecuente entre los que se propagaron sobre la historia de la Inquisición. Montanus ignoró el gran horror del tribunal contra los conversos y prefirió centrarse en lo que fue ciertamente la menos importante de las áreas en donde el Santo Oficio intervino: la supresión del protestantismo.

Control ideológico Esta misma falta de enfoque ha sido uno de los grandes problemas en el estudio de las Inquisiciones de Europa, y muchos historiadores han contemplado sólo una perspectiva ignorando otras. Recientemente asistí a un congreso internacional sobre la Inquisición donde los participantes parecían pensar que los únicos que sufrieron bajo el tribunal fueron los judíos. Otros historiadores han pensado, creo que equivocadamente, que la Inquisición estaba dedicada a eliminar ideas, como si éstas pudieran existir al margen de la sociedad que las crea. ¿Podemos afirmar, como un historiador contemporáneo, que la Inquisición española ejerció “control de pensamiento” sobre los españoles? Veamos esta cuestión, ya que la crítica más convincente que se puede hacer contra las tiranías del siglo XX es que han intentado manipular la mente. ¿Se puede mantener que el modo de pensar fuera también controlado? El problema no tiene una solución fácil. Ningún inquisidor, ya fuera en Francia, Alemania o Roma o aun en Valladolid, afirmó nunca que tratara de controlar el pensamiento. Censurar, quizás; educar, desde luego. El hecho es que no había ningún cuerpo eclesiástico en ningún país que tuviera la maquinaria para intentar imponer un control de pensamiento. Ciertamente, el método menos probable de control de pensamiento era el de la palabra impresa, ya que en la sociedad preindustrial el 90% de la población no sabía leer. Por ello no sorprende que en Inglaterra, por ejemplo, los intentos de control se hicieran a través del púlpito y que sólo a los clérigos con licencia se les permitiera predicar. Un motivo más para protestar contra el sistema del arzobispo Laud. El sistema de las licencias fue en extremo difícil de imponer en los países católicos; en la práctica había mucha más libertad de predicar en la España del siglo XVII que en la Inglaterra del mismo siglo. Así pues, es difícil ver dónde estuvo amenazada la libertad de pensamiento. En cuanto a la facilidad para expresar ideas abiertamente, mi opinión es que España fue uno de los países más libres de Europa en este aspecto. Cuando las leyes de la censura se introdujeron en los países de Occidente, uno de los últimos territorios en ponerlas en vigor fue Castilla, desde 1558, y en la Corona de Aragón no hubo control estatal sobre la prensa hasta finales del siglo XVI.

Hay toda una confusión de criterios sobre la cuestión de la censura y de la Inquisición, que, como ya he dicho, se produce a causa de un fallo de enfoque. El punto de vista que compartÍan los pensadores de la Ilustración francesa era que las Inquisiciones estaban destinadas a reprimir las ideas. Los ilustrados, y principalmente Montesquieu y Voltaire, partiendo de una falta de información, crearon el mito de una Inquisición encasillada en la Edad Media, dirigida por el papado y dedicada al exterminio de la libertad. Se prestó poca o casi ninguna atención al contexto histórico y es significativo que al hablar de España apenas se hiciera mención de los judíos. En realidad, las Inquisiciones estaban destinadas, no a reprimir, sino a corregir. La famosa Inquisición estatal de la Francia de los Valois, la Cámara Ardiente que se estableció en 1547, tenía un limitado y especifico propósito; y lo mismo se podría decir de la Inquisición española. En cada caso y en cada país la capacidad del tribunal para controlar dependía entera y exclusivamente del poder secular. Nunca hubo un sistema de control puramente eclesiástico. Todos los sistemas estaban dictados por los señores seculares, los reyes y las instituciones.

Al decir esto, nos acercamos a una de las consideraciones esenciales para el estudio de la Inquisición: la necesidad de mirar a la sociedad en la que fue creada. El tribunal debía su existencia o no existencia exclusivamente al equilibrio de intereses sociales y políticos. Cuando Lea escribió su historia, tomó como guía el desarrollo de la jurisprudencia y concluyó que el nacimiento de la Inquisición se debía al desarrollo de la misma. Es verdad que la jurisprudencia era un elemento esencial, pero viéndolo en perspectiva parece obvio que la jurisprudencia dependía de quien controlaba los tribunales. La Inquisición papal pudo intervenir porque era un cuerpo externo que no parecía amenazar a los intereses locales: Carlos V, por ejemplo, pudo introducirla en los Países Bajos en 1520 precisamente por esto. En cambio, la Inquisición española nunca hubiera sido aceptada allí (como Felipe II comprobó) porque representaba el poder real. De la misma manera la Inquisición era más débil allí donde su jurisdicción era impugnada por otros tribunales: por ejemplo, en Cataluña, donde tanto el tribunal real —la Audiencia— como las jurisdicciones locales se negaron a aceptar muchas de sus peticiones. No sorprende que en Inglaterra las luchas entre el régimen de Laud y las pretensiones del Parlamento se vieran a menudo como un lucha entre jurisdicciones.

Lo más sobresaliente Vamos ahora a resumir el contexto general en el cual nacen las Inquisiciones, así como las funciones que realizaban.

1) La Iglesia Católica hacia tiempo que veía la necesidad de reprimir la herejía; sin embargo, nunca había tenido la capacidad para hacerlo y, en cualquier caso, no tenía una idea clara de lo que la herejía significaba. No existió una idea clara de herejía en la Iglesia de Occidente hasta el siglo XIII y en Castilla hasta 1460. Por tanto, podría ser engañoso decir que la represión apareció como consecuencia de la herejía. El mejor ejemplo es la Inquisición de Castilla, introducida en fecha tan tardía como 1480, cuando el problema de los judíos conversos había estado presente al menos desde la conversión en masa de 1391. Sin embargo, ningún tribunal eclesiástico había intentado sistemáticamente identificar ninguna herejía.

2) El temor a la herejía era siempre local y relacionado con la estructura de la sociedad y la política locales. Por ejemplo, el problema de los cátaros era un problema social y local; en España la cuestión de judaizar sólo apareció como un verdadero asunto susceptible de ser tratado por la Inquisición después de los conflictos sociales de Toledo en 1440. Las autoridades foráneas (por ejemplo, el Papado), sólo intervenían por invitación. Aun cuando el Papado intervenía, como en el caso de los nombramientos de los inquisidores de Alemania y Francia, no había Inquisición, sino inquisidores; su deber era sólo investigar y corregir, y sus poderes eran siempre locales y temporales. En resumen, la iniciativa no era esencialmente eclesiástica, sino más bien local.

3) Los tribunales de represión (uso este término para poder incluir los tribunales de los Estuardos y también la Cámara Ardiente), se instituían según el deseo de las autoridades seculares. Esto es así aun hablando de la Inquisición de Roma, ya que el Papado era un poder secular y religioso a la vez. Si el poder secular no tenía una intervención directa en la introducción del tribunal (como en el caso de la Inquisición de Venecia), entonces intentaba ganar control o reducir el poder del tribunal. Los tribunales de represión, tales como los comités locales que controlaban las iglesias calvinistas, estaban destinados ante todo a disciplinar más que a eliminar la herejía directamente.

4) El procedimiento inquisitorial estaba limitado al Sur de Europa porque allí se usaron y adaptaron las formas del derecho romano. Más allá del Sur de Europa donde se extendió el procedimiento inquisitorial, las formas de la ley tenían que ser modificadas y esto provocó la oposición de la elite, como ocurrió en la Inquisición española en 1480 y en la de los Países Bajos en 1520.

5) Dos aspectos clave del procedimiento criminal de la Inquisición —el uso de la tortura y la pena de muerte— eran completamente nuevos y por lo tanto provocaban una fuerte oposición. El uso de la tortura (que, en realidad, parece que se aplicaba raras veces) capturó la imaginación de los escritores populares tardíos y a ellos debemos algunas de las más imaginativas páginas de la ficción romántica que se produjeron durante el siglo XVIII y XIX. Es instructivo recordar la novedad de la pena de muerte, que a voces creemos pacíficamente aceptada. Por el contrario, en Castilla en los años de 1480, habla fuertes objeciones a su empleo (tenemos las bien conocidas quejas del secretario de la reina Hernando del Pulgar) y lo mismo sucedía en los Países Bajos en 1520. Quizás podemos repetir lo que todos los críticos de la persecución han repetido desde el siglo XVI: que las Inquisiciones, directa o indirectamente, eran cuerpos sanguinarios que ejecutaban a miles de personas en nombre de Cristo, con el convencimiento de que matando el cuerpo salvaban el alma.

A pesar de esto, no debemos exagerar el significado de la tortura o de la pena de muerte. Salvo algunas excepciones importantes, la tortura se empleaba poco, y las cifras por muertes inquisitoriales han sido consistentemente exageradas.

6) Con la notable excepción de la Inquisición romana de 1542, que era un cuerpo general con un propósito general, la mayoría de las Inquisiciones se introdujeron, no para tratar con las ideas peligrosas, sino con las consecuencias sociales de la herejía. En el siglo XIII los inquisidores eran enviados contra sectas (valdenses, cátaros) cuya estructura y relaciones sociales diferían del resto de la sociedad. Por el mismo motivo, el tribunal español tenía propósitos específicamente antisemíticos; y en los Países Bajos el objetivo principal eran los anabaptistas, quienes desafiaban la estructura normal de la autoridad. La Inquisición era específicamente un instrumento de control social más que de control teológico y aun secciones de la Inquisición romana —en especial la de Venecia—pasaban la mayor parte de su tiempo persiguiendo judíos más que erradicando ideas equivocadas 7) Aunque es corriente decir que la persecución no tuvo éxito, es preciso tener en cuenta los siguientes hechos: el catarismo, concienzudamente perseguido, fue virtualmente extirpado; los conversos judaizantes fueron exterminados hasta tal punto que hacia principios del siglo XVI se admitía en general en España que la ofensa prácticamente había desaparecido (un proceso al que ayudó la expulsión de 1492); el holocausto de los anabaptistas en los Países Bajos los eliminó como secta religiosa importante.

En Inglaterra la persecución sectaria llevó a miles de personas a arriesgar sus vidas buscando la libertad en América. Por ejemplo, la secta de los menonitas, hoy una rica y floreciente comunidad del Nuevo Mundo. Por lo tanto, no podemos decir que las Inquisiciones fueron un fracaso. Fueron evidentemente un éxito. Tampoco podemos decir que las ideas perseguidas sobreviven: la historia del catarismo demuestra precisamente todo lo contrario.

8) En la Europa histórica es normal culpar al Papado y a la Iglesia Católica de la persecución; pero en realidad cada país y cada ideología tenían alguna forma de disciplina que puede ser calificada de Inquisición. Cuando, a mitad del siglo XVI, Juan Calvino permitió la ejecución de Miguel Servet en Ginebra, los comentaristas no tardaron en señalar que los calvinistas, igual que los católicos, tenían también su propia Inquisición. El irresoluble problema de mantener la libertad sin perder la disciplina es una cuestión ineludible y las respuestas al problema fueron sustancialmente diferentes en cada país.

Publicado en el nº 8 de la Revista “Atlántida” Tomado de http://www.arvo.net/includes/documento.php?IdDoc=7627&IdSec=968