Derecho de los padres a la financiación pública de una enseñanza plural

Todo ese desarrollo de los derechos y libertades supuso, sobre todo a partir de la Segunda Guerra Mundial, que la libertad de creación de centros empezara a estar ampliamente subvencionada.

El razonamiento era muy claro. La mayoría de las constituciones de los Estados recogían la idea de obligatoriedad y gratuidad de la escolarización básica y, al tiempo, proclamaban la libertad de enseñanza como modo de lograr que la educación fuera plural y no acabara por ser un monopolio de los poderes públicos.

Era necesario hacer compatibles ambas cosas. Para que haya libertad de enseñanza, debe haber pluralidad de centros que elegir, y no todos pueden ser gestionados por los poderes públicos. Si no se subvencionan los centros privados (es decir, los no gestionados por los poderes públicos), el resultado inmediato es que esos centros solo pueden ser elegidos por las familias de mayores rentas económicas, con lo cual ese deseado derecho a la pluralidad quedaría solo para los ricos. Parece claro entonces que, si se quiere llegar realmente a una igualdad de oportunidades en el acceso a una educación plural, la consecuencia inmediata es que hay que facilitar financiación pública para la enseñanza privada al menos en las etapas obligatorias.

Francia, donde a principios del siglo XX las órdenes religiosas de enseñanza católica habían sido expulsadas del país, estableció en 1959 una legislación que permitía al gobierno celebrar contratos con titulares privados (la mayoría escuelas católicas) con respeto legal a su carácter propio. Una legislación similar se implantó también en España. En Inglaterra se introdujeron también en la posguerra una gran variedad de acuerdos que dieron lugar a una importante proporción de escuelas autónomas o confesionales, todas ellas con financiación pública (las escuelas confesionales fueron alrededor de un tercio del total, y predominantemente anglicanas, con una minoría católica significativa, y más recientemente un número creciente de escuelas judías y musulmanas).

En la mayoría de las democracias occidentales se alcanzaron acuerdos para que pudiera haber escuelas confesionales con financiación pública (muchas veces después de largos años de debate) como un modo de respetar la elección de los padres y también como una forma de respetar sus convicciones religiosas. En el caso de Estados Unidos aparecieron las charter schools y algunos otros modelos destinados a mejorar la capacidad de elección de los padres, pero surgieron sobre todo por razones de apoyo a iniciativas que luchaban para resolver problemas sociales de minorías raciales o socioeconómicas, no tanto por cuestiones de libertad religiosa.

El resultado ha sido en conjunto bastante diverso, pero con un claro denominador común casi general de financiación pública de la enseñanza privada. Si nos limitamos a Europa, vemos que hay un conjunto de países con una baja presencia de enseñanza privada pero totalmente subvencionada, como son los países nórdicos. Hay otros países con un alto desarrollo de la enseñanza privada y notablemente subvencionada, como son Holanda, Bélgica, Irlanda, Francia, Alemania, Reino Unido o España. En cuanto a los países del Este de Europa que estuvieron durante décadas bajo el dominio soviético, puede observarse que en el momento en que lograron su libertad política, optaron masivamente por impulsar el sector privado con un flexible sistema de subvenciones por cada alumno que opta por la enseñanza privada, con lo que se busca el desarrollo de operadores privados que doten al conjunto de la educación del país de una mayor pluralidad. Puede decirse que solo han quedado Italia y Portugal sin subvención directa a las escuelas privadas, y aunque cuentan con modestos sistemas de desgravación fiscal o ayudas a familias de menos recursos, son en este momento una nota discordante en el panorama general de Occidente.

Alfonso Aguiló, “Educar en una sociedad plural”, Editorial Palabra, 2021

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